¿La LAU protege el alquiler de habitaciones?
No directamente. La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) regula el arrendamiento de la vivienda completa como residencia habitual. El alquiler de una habitación dentro de una vivienda (donde el arrendador también reside o donde ya hay más inquilinos) no encaja en ese régimen y se rige por el Código Civil (artículos 1542 y siguientes sobre arrendamientos de cosas).
Esto significa más libertad de pactos entre las partes, pero también más vulnerabilidad si no hay contrato escrito: el Código Civil es mucho más escueto en derechos y protecciones que la LAU.
¿Qué debe incluir el contrato de alquiler de habitación?
Un contrato de habitación bien redactado debe regular al menos:
- Identificación de las partes (propietario e inquilino con DNI/NIE)
- Descripción de la habitación y las zonas comunes a las que tiene acceso
- Renta mensual y fecha de pago
- Fianza y condiciones de devolución
- Duración y prórrogas (sin los mínimos de la LAU, puedes acordar cualquier plazo)
- Normas de convivencia: uso de cocina, baño, horarios de silencio, visitas, mascotas
- Condiciones de salida anticipada (preaviso mínimo, penalización si procede)
- Estado inicial de la habitación como anexo fotográfico
¿Puedo pedir fianza por una habitación?
Sí, aunque no es obligatorio legalmente (la LAU no aplica aquí), es muy recomendable. Lo habitual es pedir una mensualidad de renta como fianza. Incluye en el contrato el plazo máximo para devolvería (habitualmente 30 días desde la entrega de llaves) y las condiciones en que puedes retenerla (daños, facturas pendientes, renta impagada).
Normas de convivencia: ¿qué puedo exigir legalmente?
Al no estar sometido a la LAU, tienes mucha más libertad para pactar normas de convivencia. Puedes incluir en el contrato:
- Horarios máximos de música y ruido
- Restricción de visitas nocturnas
- Prohibición de fumar en la vivienda
- Normas de limpieza de zonas comunes
- Política de mascotas
- Límite de uso de wifi y suministros incluidos
Todo lo que quede escrito y firmado en el contrato es exigible. Lo que no se pacte por escrito es difícilmente reclamable después.
¿Qué pasa si el inquilino no paga o no se va?
Sin contrato escrito, el proceso de desahucio o reclamación de impago es complicado porque es muy difícil demostrar las condiciones pactadas. Con contrato firmado, tienes título jurídico para iniciar un procedimiento monitorio (reclamación de impago) o de desahucio, según el caso.
En los contratos regidos por el Código Civil (como el de habitación), el desahucio puede tramitarse con relativa agilidad si hay documento firmado que acredite el incumplimiento.
Coliving: ¿necesito varios contratos?
Sí. Si tienes un piso con 4 habitaciones alquiladas a 4 personas distintas, lo correcto es tener un contrato independiente por habitación. Cada contrato regula la relación con ese inquilino de forma individual, lo que te permite gestionar entradas y salidas de forma independiente sin que un inquilino afecte al contrato de los demás.